EXPLOTACION DE JUEGOS DE AZAR. GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO




Promulgación: 28/11/1961
Publicación: 19/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1452

Artículo 3

   Las contribuciones a que se refiere el artículo anterior no podrán
exceder de las devengadas durante el año 1959.

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