SEGURIDAD SOCIAL. MOLINOS SAN JOSE S.A.




Promulgación: 17/05/1962
Publicación: 19/07/1962
Publicada anteriormente: 30/05/1962.
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1962
  •    Página: 307

Artículo 2

   Los obreros eventuales del referido Molino que no logren su reingreso
al trabajo al reiniciar éste sus actividades, continuarán percibiendo el
subsidio a que refiere el artículo 1.o, hasta que la empresa normalice 
sus actividades comerciales, fijándose como plazo el 16 de octubre de 1964.

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