Confiérese a la "Cooperativa de Consumos y Producción de Lavalleja" la
facultad de hacer retener en las empresas u organismos públicos o
privados, previa conformidad de los interesados, hasta el 40 % del
sueldo, jornal, comisiones, etc., nominales, de los afiliados a dicha Cooperativa, a la que se le entregará el monto de las retenciones para sufragar el importe de las adquisiciones de artículos de uso y/o consumo hechas a la cooperativa. La retención podrá llegar al 50 % cuando comprenda garantías de alquileres.
HARRISON - NICOLAS STORACE ARROSA - HOMERO MARTINEZ MONTERO - JUAN
EDUARDO AZZINI - MODESTO REBOLLO - LUIS GIANNATTASIO - APARICIO MENDEZ -
CARLOS V. PUIG - ANGEL M. GIANOLA - EDUARDO A. PONS