TRIBUTOS. FACILIDADES DE PAGO A DEUDORES MOROSOS




Promulgación: 04/07/1963
Publicación: 15/07/1963
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1963
  •    Página: 438
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   La referida imputación se efectuará previo contralor y liquidación de 
las cuentas por la Inspección General de Hacienda, conforme a lo 
establecido en el artículo 4° del decreto.
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