Las compensaciones serán liquidadas por su íntegro en carácter de
anticipo, a los empleados y obreros con derecho a jubilación o subsidio por desocupación a cargo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio.
Este Organismo deberá retener y verter en la Caja de Asignaciones
Familiares de San José las sumas que correspondan por estos anticipos.