Facúltase al Poder Ejecutivo para organizar una Dirección Técnica y de Administración, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, que tendrá la misión de atender, en todas sus partes, la ejecución del contrato con el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo y durará hasta la terminación de las obras. Los gastos necesarios para su mantenimiento se atenderán con el 1 % (uno por ciento) del costo total de las obras. Los Ministerios de Obras Públicas y de Hacienda reglamentarán su funcionamiento.