Ley N° 13188
RETENCIONES A AFILIADOS DE LA COOPERATIVA DE CONSUMOS DE SOCIOS Y COLABORADORES DEL SINDICATO MEDICO
Promulgación: 05/11/1963
Publicación: 13/12/1963
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1963
- Página: 904
Artículo 4
Ningún afiliado podrá operar en más de una institución de las que gocen
de beneficios similares a los establecidos por esta ley.
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