CONSTRUCCION DE CENTRALES TERMICAS DE GENERACION. CENTRAL HIDRAULICA. USINAS DE RINCON DEL BONETE. APROBACION DE PLAN GENERAL DE OBRAS DE LA UTE




Promulgación: 28/05/1964
Publicación: 09/06/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1964
  •    Página: 604
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Encomiéndase a la Administración General de las Usinas Eléctricas y
los Teléfonos del Estado, la construcción de las obras detalladas en el
artículo 2º, de acuerdo a los lineamientos generales del anteproyecto
elaborado por U.T.E., y según el proyecto definitivo que ésta preparará y
someterá a la aprobación del Consejo Nacional de Gobierno, en lo que sea
pertinente.
   Las obras serán explotadas y administradas por la U.T.E. e integrarán
su patrimonio.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

GIANNATTASIO - RAUL YBARRA SAN MARTIN
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