El Departamento de Emisión del Banco de la República Oriental del
Uruguay efectuará la acuñación en una o varias partidas, de monedas
confeccionadas en cupro-níquel, hasta un monto máximo representativo de
$ 210:000.000.00 (doscientos diez millones de pesos) y de monedas de bronce-níquel, hasta un monto máximo representativo de $ 5:000.000.00 (cinco millones de pesos).