Ver vigencia: Ley 13.420 de 02/12/1965, artículos 108 a 119
La construcción y adjudicación de las viviendas, a que se refieren las disposiciones de esta ley, se regirán en lo pertinente, por las normas de la ley Nº 9.723, de 19 de noviembre de 1937 y sus modificativas.Ayuda