ARRENDAMIENTOS URBANOS. SUSPENSION DE DESALOJOS Y LANZAMIENTOS




Promulgación: 01/10/1964
Publicación: 07/10/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1093
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.219 de 04/07/1974 artículo 116,
      Ley Nº 13.659 de 02/06/1968 artículo 109.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 79

   El contrato de arrendamiento y los derechos que otorgan al 
arrendatario las Leyes Especiales pasan a su cónyuge y en su defecto a 
los ascendientes y descendientes directos y parientes afines hasta el segundo grado inclusive del locatario, cuando éstos hayan convivido con aquél no menos de un año inmediato anterior a su fallecimiento.
Referencias al artículo
Ayuda