SE INSTITUYE BOLSA DE TRABAJO. ATMA SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 10/12/1964
Publicación: 21/12/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1384
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Cuando las empresas mencionadas en los artículos 2º y 3º de la 
presente ley, incorporen trabajadores en violación de lo dispuesto por
dichos artículos, deberán verter al Fondo de Seguro de Paro, una suma
equivalente a dos veces el sueldo o salario mensual de ese trabajador, de
acuerdo a los laudos y/o convenios en vigencia.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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