SE INSTITUYE BOLSA DE TRABAJO. ATMA SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 10/12/1964
Publicación: 21/12/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1384
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los trabajadores a que se refiere la presente ley, que luego de 
obtener trabajo en algunos de los establecimientos del ramo, fuesen despedidos o suspendidos, reingresarán a la Bolsa de Trabajo siempre que
no se desvinculen de la industria o hayan sido despedidos por notoria 
mala conducta. En este caso, la Empresa respectiva deberá fundar las causales del despido o la suspensión, ante el Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados, que se expedirá en un plazo de treinta 
días. Los recursos que la Empresa pudiera interponer contra esa 
resolución, no tendrán efectos suspensivos.
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