SEGURIDAD SOCIAL. FONDO DE SEGURO DE PARO. PRESTAMO A TRABAJADORES DEL ESTABLECIMIENTO MIGUEL AMEGLIO S.A.




Promulgación: 10/12/1964
Publicación: 21/12/1964
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1387

Artículo 5

   La Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio por
intermedio del Fondo de Seguro de Paro, queda autorizada a incluir en los
beneficios de esta ley a los trabajadores que hayan cumplido tareas en el
Hangar 10 del Puerto de Montevideo, en el período comprendido entre octubre de 1963 y el 16 de junio de 1964, previa la presentación de
prueba documental, que acredite dicho extremo.
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