PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES - MODIFICACIONES A LA LEY 12801




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 14/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1500

Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SUELDOS PROGRESIVOS Y COMPENSACIONES ESPECIALES

Artículo 28

   Las Asignaciones Familiares a que se refieren los artículos 46 a 51 de
la ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960, y sus modificativas serán
a partir del 1° de enero de 1935, por mes y por beneficiario, las siguientes:

   1er. beneficiario ................ $ 100.00
   2do. beneficiario ................ " 100.00 
   3er. beneficiario ................ " 125.00
   4to. beneficiario ................ " 125.00
   5to. beneficiario y siguientes ... " 150.00
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