Fíjase en $ 8.00 (ocho pesos) el centímetro y línea de publicación de
avisos y balances, respectivamente, en el "Diario Oficial".
El 5% (cinco por ciento) de la recaudación de los proventos del
"Diario Oficial" se destinará a hacer efectivo a los Agentes del Interior
el aguinaldo, asignaciones familiares, hogar constituído y la licencia anual reglamentaria.
El sobrante que resulte de este 5% (cinco por ciento) se distribuirá
entre los funcionarios del "Diario Oficial", Item 5.02.
Esta compensación se liquidará proporcionalmente a sus remuneraciones
y que no podrá exceder, en cada ejercicio, al equivalente del monto anual
de las retribuciones personales. El excedente será vertido a Rentas Generales.