RECURSOS PARA EL PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 12/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1611

Referencias a toda la norma

CAPITULO V
FONDO DE FINANCIACION DEL DESARROLLO ECONOMICO

Artículo 55

   Los recursos del Fondo mencionado en el artículo 53 de esta ley, se 
destinarán a la financiación de proyectos específicos de desarrollo aprobados por el Consejo Nacional de Gobierno con el asesoramiento de la Comisión de Inversiones y Desarrollo Económico.
   Hasta la suma de $ 150:000.000.00 (ciento cincuenta millones de
pesos), podrán ser destinados por el Directorio del Banco de la República
a la financiación de proyectos presentados por el Instituto Nacional de Colonización y hasta $ 50:000.000.00 (cincuenta millones de pesos), como
mínimo, para los que presenten los Gobiernos Departamentales del 
Interior.
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