El Banco de la República Oriental del Uruguay, por intermedio de
la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos, podrá otorgar préstamos a los
funcionarios de la Administración Central contratados, jornaleros o que
cobren con cargo a Partidas Globales, Proventos o Leyes Especiales, con más de dos años de antigüedad continuada en el desempeño de sus cargos,
en las mismas condiciones en que los conceda a los funcionarios presupuestados.