RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1963




Promulgación: 29/07/1965
Publicación: 05/08/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 863
Referencias a toda la norma

ORDENAMIENTO FINANCIERO

Artículo 46

   Fíjase un plazo de noventa días a partir de la promulgación de la
presente ley, a todos los efectos establecidos por las leyes Nº 12.865,
de 6 de junio de 1961 y Nº 13.064, de 12 de junio de 1962.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 47.
Referencias al artículo
Ayuda