ACTIVIDAD PRIVADA. PRESTAMOS. FONDO DE SEGURO DE PARO




Promulgación: 16/09/1965
Publicación: 23/09/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 1070

Artículo 1

   Autorízase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y 
Comercio, por intermedio del Fondo de Seguro de Paro, para otorgar un préstamo de treinta jornales a los trabajadores de la empresa Lanasur 
S.A. que cumplían tareas en su planta de Montevideo y que se hallaban en
conflicto al 4 de noviembre de 1964, y así lo soliciten dentro de los treinta días siguientes a la promulgación de la presente ley.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - LEO CAROZZI
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