Elévase la cifra establecida en el último inciso del artículo 10 de la ley N° 9.723, de 19 de noviembre de 1937, en la redacción establecida por la ley número 12.528, de 23 de setiembre de 1958, de $ 500.00 (quinientos pesos) a $ 2.500 (dos mil quinientos pesos).Ayuda