BENEFICIO DEL SERVICIO DE GARANTIA DE ALQUILERES. TRABAJADORES DEL FRIGORIFICO NACIONAL




Promulgación: 26/11/1965
Publicación: 14/01/1966
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 1425

Artículo 1

   Declárase que los funcionarios y jornaleros dependientes del Frigorífico Nacional, que reúnan las condiciones exigidas por la ley N° 10.765, de 26 de agosto de 1946, para el personal eventual de la Administración Pública y Entes Autónomos y Descentralizados, están comprendidos en los beneficios del "Servicio de Garantía de Alquileres" a
que se refiere la ley Nº 9.624, de 15 de diciembre de 1936.

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