RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1964




Promulgación: 02/12/1965
Publicación: 21/12/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 1530

Referencias a toda la norma

CAPITULO I - RECURSOS
ACUÑACION DE MONEDAS

Artículo 111

   Los cuños del anverso de las monedas de bronce-aluminio-níquel 
reproducirán, estampada, la cabeza de Artigas circundada con la 
inscripción "República Oriental del Uruguay" - "Artigas" y el año de la 
acuñación y los del reverso llevarán en la parte central, el escudo nacional circundado por 19 estrellas que ocuparán los dos tercios superiores del exergo, dejando libre el tercio inferior, donde se 
estampará el valor en la forma siguiente: 10 pesos, 5 pesos, 1 peso.
   En ambas caras de las monedas se estampará un cordoncillo perlado 
colocado en su contorno.
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