Los cargos del personal de la Policía Ejecutiva, Prefectura Marítima,
Institutos Penales y personal subalterno del Escalafón Militar, comprendidos en el artículo 22 de la ley N° 12.801, de 30 de noviembre de
1960 y modificativas, tendrán una asignación complementaria de $ 100.00
(cien pesos) mensuales sobre los aumentos establecidos para cada etapa en
el artículo 128.
Los cadetes del Instituto de Enseñanza Policial tendrán por todo
concepto un aumento del 25% (veinticinco por ciento) sobre las actuales
dotaciones, a partir del 1° de enero de 1966.