Las Empresas de transporte colectivo de pasajeros tendrán que
registrar sus operaciones de acuerdo con las normas que fije la
reglamentación para demostrar:
a) Cantidad de pasajeros transportada y kilometraje recorrido por las
unidades en servicio.
b) Personal, utilizado y horarios cumplidos.
c) Consumos de combustibles, lubricantes y neumáticos.
d) Gastos de mantenimiento y reparaciones originadas por las unidades en
servicio.
e) Gastos generales de explotación y administración.
f) Costo, de unidades y fecha de incorporación al servicio y recorrido
que cumplan.
g) Ingresos de la explotación.