La destitución de los empleados del seguro de Enfermedad de la
Industria Textil, se resolverá por la Comisión Honoraria Tripartita
previo sumario confiado a la Inspección General de Hacienda con apelación
por legalidad ante el Ministerio de Industrias y Trabajo, al solo efecto
de la revocación del acto.
No podrá dictarse resolución sin darle vista al interesado, el que al
evacuarla podrá solicitar las diligencias probatorias que crea del caso.