CREACION DE SEGURO DE ENFERMEDAD, INVALIDEZ, ASISTENCIA, PRESTACIONES MEDICAS Y FARMACEUTICAS. TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA GRAFICA, LIBRERIAS Y PERSONAL DE EMPRESAS PERIODISTICAS
Los subsidios que perciban los beneficiarios de esta ley serán
inembargables, aplicándose como excepciones las mismas normas referentes
a la inembargabilidad de los sueldos.