Declárase de utilidad pública la expropiación de la planta baja y primer piso del imnueble ubicado en Montevideo, 4.a, Sección Judicial, calle Río Branco 1390/4 empadronado con el N.o 5378 y con un área de 226 metros cuadrados, que hasta el 1.o de marzo de 1933 sirviera de casa-habitación al Doctor Baltasar Brum.
El Estado instalará en el inmueble expropiado una Biblioteca que
contendrá exclusivamente obras históricas de autores nacionales o que versen sobre hombres o hechos de la historia nacional.
La Biblioteca se denominará "Dr. Baltasar Brum" y en el frente del
edificio se colocará una placa recordatoria con la siguiente inscripción:
"En esta casa habitó Baltasar Brum, mártir de la democracia nacional.
La suma que por concepto de compensación deba abonarse a los
propietarios del inmueble cuya expropiación se declara de utilidad pública, será imputada a las disponibilidades resultantes de la
aplicación del artículo 174 de la ley N.o 13.420, de 2 de diciembre de 1965.