PRESTAMOS PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS PARA FUNCIONARIOS




Promulgación: 28/12/1966
Publicación: 11/01/1967
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1966
  •    Página: 1957
Reglamentada por:
      Decreto Nº 144/968 de 15/02/1968,
      Decreto Nº 849/967 de 26/12/1967.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - PODER JUDICIAL, TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, FISCALIAS, REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y REGISTROS
Primera Parte - Vivienda para los Magistrados

Artículo 41

   En caso de que un beneficiario de la presente ley, adquiera una finca
ocupada, por un arrendatario, no podrá desalojarlo haciendo uso de las
causales de excepción previstas en los incisos 2° y 5° del artículo 27 de
la ley N° 13.292, de 1° de octubre de 1964.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 511/969 de 13/10/1969.
Referencias al artículo
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