LEY DE EMERGENCIA. SE ESTABLECEN NORMAS SOBRE POLITICA TRIBUTARIA, BANCARIA, COMERCIO EXTERIOR Y FOMENTO INDUSTRIAL, PRECIOS, INGRESOS, SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 08/09/1967
Publicación: 12/09/1967
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1967
  •    Página: 1609

Referencias a toda la norma

TITULO I - POLITICA TRIBUTARIA
CAPITULO I - TRIBUTOS PERMANENTES
SECCION I - Impuestos a las bebidas, tributos de sellos y otros

Artículo 4

Las exportaciones de lanas desbordadas, lavadas, peinadas e 
industrializadas gozarán de las exoneraciones parciales o totales que sobre los gravámenes del artículo anterior hayan otorgado las disposiciones legales vigentes.
Referencias al artículo
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