Ley N° 13637
PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES
Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1967
- Página: 2194
LICENCIAS ALCOHOLICAS
Artículo 108
Prohíbense los traslados interdepartamentales de las licencias indicadas
en el apartado IV del artículo 95. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 38/968 de 16/01/1968.
Ayuda