PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES




Promulgación: 21/12/1967
Publicación: 05/01/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 2194

Referencias a toda la norma

IMPUESTOS INTERNOS

Artículo 142

Fíjase el impuesto interno a la cerveza en $ 0.20 (veinte centésimos) por
litro y un adicional del 15% (quince por ciento) sobre el precio de
venta. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 130/968 Derogada/o de 15/02/1968.
Ver en esta norma, artículos: 160 y 161.
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