Derógase el artículo 12 y modifícanse los artículos 10, 15 y 16 de la Ley
N.o 12.950, de 23 de noviembre de 1961, que quedarán redactados de la
siguiente manera:
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 12.950 de 23/11/1961 artículos
10, 15 y 16.