(Obras por convenio). El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal cuando obtenga la contribución vecinal y/o municipal para la construcción de edificios escolares, ampliaciones o reparaciones, cualquiera sea
su costo y dicha contribución alcance a un 25% (veinticinco por ciento),
del monto calculado de la obra, podrá ejecutarla directamente por el sistema de convenios contribuyendo con hasta el 75% (setenta y cinco por ciento), restante de su costo. El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal reglamentará este artículo así como la forma de efectuar el contralor técnico y financiero de la obra. (*)