APROBACION DEL TEXTO ORDENADO 1968




Promulgación: 24/10/1968
Publicación: 30/10/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2544

Referencias a toda la norma

TITULO I - IMPUESTO A LAS HERENCIAS Y ACTOS ASIMILADOS
CAPITULO III - DETERMINACION DE LA MATERIA IMPONIBLE

Artículo 9

   (Epoca de avalúo).- Para el pago de este impuesto se tomará en cuenta
el valor total de los bienes a la fecha en que se produzca el hecho gravado.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 51.
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