BOLSA DE TRABAJO. URLANA SOCIEDAD ANONIMA. APLITEX. ARAZA SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 17/12/1968
Publicación: 20/12/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2942
Ver vigencia:
      Decreto Ley Nº 14.169 de 12/03/1974 artículo 1,
      Ley Nº 14.094 de 06/11/1972 artículo 1,
      Ley Nº 13.869 de 07/07/1970 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los trabajadores a que se refiere la presente ley, que luego de 
obtener trabajo en algunos de los establecimientos textiles fueren despedidos o suspendidos, reingresarán a la Bolsa de Trabajo siempre que
no se desvinculen de la industria. En estos casos, la empresa respectiva
deberá fundar las causales del despido o suspensión ante la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social.
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