Reglamentada por: Decreto Nº 149/997 de 07/05/1997, Decreto Nº 711/971 de 28/10/1971.
Prohíbese la exportación de especies vivas en cualquier estado de su desarrollo, como asimismo la importación de especies exóticas, cualquiera fuese su estado de evolución, o su introducción en las aguas interiores, salvo autorización especial.