LEY DE PESCA. PERMISOS PESQUEROS




Promulgación: 29/12/1969
Publicación: 05/01/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1969
  •    Página: 2317
Reglamentada por:
      Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997,
      Decreto Nº 711/971 Derogada/o de 28/10/1971.
Referencias a toda la norma

Artículo 24

   Se considerarán embarcaciones pesqueras de matrícula nacional las que 
cumplan con los requisitos establecidos por las leyes N° 10.945, de 
fecha 10 de octubre de 1947, y N° 12.091, de fecha 5 de enero de 1954 y decretos reglamentarios, en lo pertinente.

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