Reglamentada por: Decreto Nº 149/997 de 07/05/1997, Decreto Nº 711/971 de 28/10/1971.
El Poder Ejecutivo gestionará ante los Gobiernos Departamentales, la exoneración de los gravámenes que incidan sobre las construcciones destinadas a la industria de la pesca, que se utilicen o instalen en tierra firme.