Decláranse cargos de particular confianza y se incluyen en la nómina
establecida en los artículos 145 de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre
de 1960, artículo 17 de la Ley N° 13.586, de 13 de febrero de 1967 y artículo 363 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, el de Subinspector General de la Inspección General de Hacienda y el de Director General de la Dirección Nacional de Estadística y Censos.