Los cargos de Director y Subdirector de la Dirección Nacional de
Vivienda quedarán incluídos en la nómina establecida por el artículo 145
de la Ley número 12.802, de 30 de noviembre de 1960 y en lo dispuesto por los artículos 363 de la Ley N.o 13.640, de 26 de diciembre de 1967 y 17 de la Ley N.o 13.586, de 13 de febrero de 1967.