Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir Bonos del Tesoro, en moneda
nacional, en las mismas condiciones establecidas en el artículo 310 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969, con el mismo destino que fijó el artículo 453 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967.