PRORROGA DE VIGENCIA. BOLSA DE TRABAJO PARA LA INDUSTRIA METALURGICA. ALUMINIO DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 22/10/1970
Publicación: 28/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 766

Artículo 2

   Elévase la multa dispuesta en el inciso 2° del artículo 6° de la Ley 
N° 13.706, de 25 de noviembre de 1968, a la suma de $ 50.000.00 
(cincuenta mil pesos).
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