TITULO II - ESTRUCTURA ORGANICA DE LA JERARQUIA POLICIAL CAPITULO II - JURISDICCION NACIONAL Sección III - Dirección Nacional de Policía Técnica
Artículo 15
La reglamentación organizará la Dirección Nacional de Policía
Técnica, estableciendo sus cometidos y la coordinación necesaria con los
demás servicios de todo el país.
(*)Notas:
Reglamentado por:
Decreto Nº 21/997 de 31/01/1997,
Decreto Nº 642/971 de 05/10/1971.