Los que no pagaren las sumas a que están obligados en el tiempo y
forma establecidos, sufrirán, sin necesidad de intimación previa, la
imposición de los recargos que rigen en relación a los atrasos de las
contribuciones por asignaciones familiares. Producida la demora en el
pago de los aportes, la Caja de Asignaciones Familiares correspondiente,
podrá iniciar la acción judicial correspondiente, debiendo interponerla
indefectiblemente, transcurrido el plazo de seis meses. Para el cobro de
los aportes, recargos y multas, se seguirá el procedimiento del juicio
ejecutivo.