CREACION DEL SEGURO DE ENFERMEDAD, INVALIDEZ, ASISTENCIA, PRESTACIONES MEDICAS Y FARMACEUTICAS. TRABAJADORES DE LA BEBIDA




Promulgación: 27/05/1971
Publicación: 02/06/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1971
  •    Página: 1006
Ver vigencia:
      Decreto Nº 7/976 de 08/01/1976 artículo 1,
      Decreto Ley Nº 14.407 de 22/07/1975 artículo 7.
Referencias a toda la norma

De la Administración

Artículo 5

   Compete a los Consejos Paritarios de Empresa:

A) Vigilar los descuentos realizados por la empresa a los trabajadores y
   su versión conjuntamente con los aportes patronales previstos al Fondo
   de Recursos de Seguro.
B) Aconsejar a las Cajas de Asignaciones Familiares correspondientes
   sobre la extensión del subsidio en los casos que considere 
   justificados dentro de los plazos establecidos en esta ley.
C) Vigilar la correcta aplicación de esta ley, denunciando ante la Caja
   de Asignaciones Familiares correspondiente a aquéllos que violan su 
   texto o la reglamentación que se dicte.
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