Las empresas frigoríficas afiliadas a la Caja de Compensaciones por
Desocupación en la Industria Frigorífica del Interior (Ley N.o 13.552)
están obligadas a exigir a las empresas de estibaje y carga y descarga, a
que se refiere el artículo 1.o de la ley N.o 13.912, de 23 de noviembre
de 1970, el certificado de afiliación de éstas a la Caja y el comprobante
mensual de estar al día en el pago de las obligaciones de dichas empresas
que utilizan con el referido organismo.