Los subsidios creados por esta ley serán pagados a partir de la fecha
de promulgación de la ley por la Caja de Compensaciones por Desocupación
en la Industria Frigorífica, pudiendo afectar a dichos fines los
recursos votados para el pago a los obreros amparados por la ley N.o
10.562, de 12 de diciembre de 1944.