BOLSA DE TRABAJO PARA LA EMPRESA REGUSCI Y VOULMINOT ING. SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 31/10/1971
Publicación: 05/11/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1971
  •    Página: 1288
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los trabajadores desocupados, casados o atributarios de las Cajas de 
Asignaciones Familiares respectivas, integrantes del Registro de 
Titulares, percibirán a partir de la fecha de vigencia de esta ley y 
durante 24 meses, una compensación mensual por desocupación equivalente 
a 15 jornadas de trabajo con el salario de actividad de sus categorías, 
según laudos, convenios colectivos o resoluciones vigentes con cargo al 
Fondo de Seguro de Paro del Banco de Previsión Social, anteriormente 
referido.
   Los trabajadores desocupados solteros, integrantes del Registro de 
Titulares percibirán el equivalente a doce jornadas de trabajo. 

   Los trabajadores desocupados integrantes del Registro de Suplentes 
tendrán derecho a percibir el Seguro de Desocupación establecido en la 
ley N.o 12.570, de 23 de octubre de 1958 y sus modificativas, aún cuando
hubieren trabajado un mínimo de tres meses.
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