SECCION III - IMPOSICION AL GASTO CAPITULO I - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Artículo 91
(Registración contable).- La reglamentación podrá imponer a los
contribuyentes la utilización de libros o registros especiales o formas apropiadas de contabilización.
(*)Notas:
Reglamentado por:
Decreto Nº 152/973 de 22/02/1973,
Decreto Nº 39/973 de 16/01/1973.